[:es]Boletín número 159: Condonación de contribuciones en la Ciudad de México.[:]

[:es]El día 15 de abril de 2019, se publicó en la gaceta oficial de la Ciudad de México, la “Resolución de carácter general mediante la cual se condonan los adeudos, multas fiscales, recargos y gastos de ejecución ordinarios de contribuciones y se brindan las facilidades administrativas que se indican”.

 

Dicha resolución prevé la condonación del 100% de los adeudos, multas fiscales, recargos y gastos de ejecución ordinarios del año 2013 y ejercicios anteriores, así como multas y recargos del periodo de 2014 a 2019, respecto de las siguientes contribuciones y aprovechamientos:

 

·         Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles
·         Impuesto Predial
·         Impuesto sobre Espectáculos Públicos
·         Impuesto sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos
·         Impuesto sobre Nóminas

·         Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos

·         Impuesto por la Prestación de Servicios de Hospedaje
·         Derechos por el Suministro de Agua
·         Derechos de Descarga a la Red de Drenaje
·         Derechos de Control Vehicular (Refrendo)
·         Multas por Infracciones a las Disposiciones Fiscales distintas a las obligaciones de pago

Para poder tener acceso a este beneficio, es necesario pagar las contribuciones omitidas, más su actualización, de los años 2014 a 2019.

 

Por lo que MFB pone a sus órdenes los servicios del Área Fiscal para proporcionar una adecuada asesoría sobre el tema de referencia.

 

 

Atentamente.

 

MFB.[:]

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