[:es]Boletín número 140: Convenio 98 relativo a la Aplicación de los Principios del Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva. [:]

[:es]El día 30 de octubre de 2018, se publicó en el Diario oficial de la Federación el decreto por el que se aprueba el Convenio 98 relativo a la Aplicación de los Principios del Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva, adoptado en Ginebra el primero de julio de mil novecientos cuarenta y nueve.

 

Este convenio de la Organización Internacional del Trabajo, privilegia la libertad y la negociación sindical; aunado a lo anterior, hay que hacer alusión a la reforma Constitucional del 24 de febrero del 2017, en específico la reforma la fracción XXII BIS del artículo 123 que sienta las bases del futuro del derecho colectivo en nuestro país, la libertad de negociación colectiva y los legítimos intereses de los trabajadores y patronesasí como la necesidad de garantizar la representatividad de las organizaciones sindicales y la certeza en la firma, registro y depósito de los contratos colectivos de trabajo, a fin de evitar fenómenos económicos y políticos que se vienen dando en torno al derecho colectivo en el país.

 

Con esta aprobación se espera el impulso de la creación de leyes secundarias en materia del Trabajo, donde se vean reflejados los mecanismos para la erradicación de la extorción sindical, los contratos colectivos de protección, la legitima representatividad de las asociaciones sindicales y de la negociación colectiva proactiva.

 

Por lo que MFB pone a su ordenes su área de Derecho Laboral, para mayor información sobre el tema.

 

 

Atentamente

 

MFB

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